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Última modificación 2023-02-10T09:49:50-05:00

¿Qué es el Fondo de Compensación Ambiental colombiano?

¿Qué es el Fondo de Compensación Ambiental colombiano?

La Ley 344 de 1996 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por medio de la cual se reconoce la existencia de una disponibilidad desigual de recursos entre las Corporaciones Autónomas Regionales y por tal razón se dio paso a la creación del Fondo de Compensación Ambiental como instrumento de redistribución de recursos y herramienta para alcanzar mejores condiciones de equidad entre las Corporaciones en el desarrollo de sus funciones como autoridades ambientales en el país.

 

El Fondo de Compensación Ambiental (FCA) no es más que un ente gubernamental financiero que redistribuye los recursos entre Corporaciones Autónomas Regionales y que le brinda beneficios a aquellas que no cuentan con las suficientes oportunidades o posibilidades para generar ingresos, dentro de las cuales se encuentran las Corporaciones de Desarrollo Sostenible.

 

Este fondo fue creado como una cuenta adscrita al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y por tal razón su administración se rige bajo el Estatuto Orgánico de Presupuesto.

 

Los recursos económicos que se encuentran en el Fondo de Compensación Ambiental, están destinados única y exclusivamente a la inversión ambiental y se obtienen gracias a los aportes de algunas de las Corporaciones Autónomas Regionales más grandes, las cuales destinan parte de sus ingresos con el fin de ayudar al fortalecimiento de las Corporaciones con menor capacidad.

 

¿Cómo se recaudan los ingresos al FCA?

 

Las Corporaciones Autónomas Regionales ingresan al fondo un monto correspondiente al 20% de los recursos percibidos por concepto de transferencias del sector eléctrico; otro monto del 10% de las restantes rentas propias, con excepción del porcentaje ambiental de los gravámenes a la propiedad inmueble y aquellos que tengan como origen relaciones contractuales interadministrativas.

 

¿Cuáles son las Corporaciones que aportan recursos al FCA?

 

Son aportantes, todas las Corporaciones Autónomas Regionales, con excepción de las de Desarrollo Sostenible.

 

¿Qué Corporaciones reciben beneficios de FCA?

 

Según el Reglamento operativo del Fondo de Compensación Ambiental, se definen como beneficiarias las 15 Corporaciones de menor presupuesto total vigente, dentro de las cuales se encuentran las 7 Corporaciones de Desarrollo Sostenible, que son: CDA, Corpoamazonia, Corpomojana, Corpourabá, Coralina, Codechocó, Cormacarena).

 

Las 15 Corporaciones Autónomas beneficiadas deben diligenciar cada año un formato llamado “Requisitos y Guía Metodológica del Fondo de Compensación Ambiental”, en el cual deberán justificar en que invertirán los dineros que soliciten al fondo, adjuntando la evidencia correspondiente.

 

¿Cuáles son los gastos financiables?

 

Los recursos económicos recaudados mediante el Fondo de Compensación Ambiental, son destinados al financiamiento de los gastos de funcionamiento, los gastos de inversión y los gastos del servicio de deuda de las corporaciones.

 

Para funcionamiento, en casos excepcionales, se pueden asignar recursos a Corporaciones distintas de las 15 de menores recursos.

 

¿Qué se hace con el dinero que sobra después de distribuirlo entre los beneficiarios solicitantes?

 

El dinero que sobra, luego de distribuir los recursos entre las 15 Corporaciones beneficiarias, se distribuye en gastos de funcionamiento de las otras Corporaciones, en debido orden de evaluación y cumplimiento de requisitos establecidos para acceder a los recursos y evidenciando el cubrimiento de necesidades de las beneficiarias.

 

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